A partir del 1 de junio, todos los consumidores pasarán a tener peajes con precios diferenciados por tramos horarios, tanto para la potencia como para el consumo, al objeto de favorecer la eficiencia energética y la integración de las nuevas tecnologías.
Las tarifas de acceso para consumidores en baja tensión y potencia contratada no superior a 15 kW (antes 2.0 A, 2.0 DHA, 2.0 DHS, 2.1 A, 2.1 DHA y 2.1 DHS) se agrupan en una sola (ahora 2.0 TD).
Las tarifas de acceso habituales de PYMES, como consumidores en baja tensión con potencia contratada superior a 15 kW (antes 3.0A) y consumidores en alta tensión con potencia contratada no superior a 450 kW (antes 3.1A), pasan de una diferenciación de precios de tres a seis periodos, tanto en potencia como en energía.
A continuación se comentan las principales novedades que afectan a los consumidores domésticos.
¿QUÉ SE PAGA EN LA FACTURA ELÉCTRICA?
La factura de la electricidad tiene una parte fija, asociada a la potencia contratada (kW), y una parte variable, asociada al consumo de energía (kWh). Con ambas partes, se paga lo siguiente:
– El precio de la energía: el coste de generar la energía.
– Los costes regulados: cargos y peajes incluidos en las tarifas de acceso. En los consumidores domésticos, los peajes y cargos vienen a suponer, aproximadamente, la mitad del coste de la factura.
– El margen para la comercializadora por los servicios prestados.
– Alquiler del equipo de medida.
– Impuestos: I.V.A. (21%) e impuesto de la electricidad (5,11269632%).

*El peso de cada componente puede variar con el perfil de consumo y del precio de la energía en el mercado.
Figura 1. Ejemplo de factura consumidor doméstico (fuente: CNMC).
¿QUÉ CAMBIA EN LA FACTURA ELÉCTRICA DE UN CONSUMIDOR DOMÉSTICO?
A partir del 1 de junio, los consumidores domésticos tienen un único peaje o tarifa de acceso (2.0 TD), de manera que los cargos y peajes tienen un precio diferente según la hora del día en que se consume la energía, afectando tanto al término de potencia contratada como al de energía consumida.
El consumidor no tiene que hacer nada. El nuevo peaje se asigna de manera automática. No obstante, el consumidor puede adaptar sus potencias contratadas y sus pautas de consumo para aprovechar las ventajas de la nueva estructura de peajes:
La potencia contratada se diferencia en dos periodos: punta y valle; y se puede contratar potencias diferentes para cada periodo.
– Potencia punta: de 8 de la mañana a 24 de la noche.
– Potencia valle: de 24 de la noche a 8 de la mañana, y todas las horas del sábado, domingo y festivos nacionales. La potencia de valle es mucho más barata.
La energía consumida se diferencia en tres periodos:
– El periodo de punta: con el precio más elevado, de 10 de la mañana a 2 de la tarde y de 6 de la tarde a 10 de la noche de lunes a viernes no festivos.
– El periodo de llano: un precio menos caro de 8 a 10 horas, de 2 a 6 de la tarde y de 10 a 12 de la noche.
– El periodo de valle: con un precio reducido comprende las horas nocturnas (de 0 horas a 8 de la mañana) y todas las horas del sábado y el domingo y festivos de ámbito nacional.

*Festivos de ámbito nacional no sustituibles y 6 de enero.
Figura 2. Periodos potencia contratada (fuente: CNMC).

*Festivos de ámbito nacional no sustituibles y 6 de enero.
Figura 3. Periodos energía consumida (fuente: CNMC).
¿QUÉ PRECIOS CAMBIAN EN LA FACTURA ELÉCTRICA DE UN CONSUMIDOR DOMÉSTICO?
El cambio de precios de los peajes afecta tanto a consumidores que están en el mercado regulado (PVPC) como a los que están en el mercado libre, de la siguiente manera:
– En el caso de los consumidores acogidos al PVPC (precio voluntario para el pequeño consumidor), los comercializadores de referencia deberán aplicar los nuevos precios establecidos para los términos de potencia y energía del PVPC, con los tramos horarios indicados anteriormente.
– En el caso de consumidores en el mercado libre, el comercializador debe adaptar el precio del contrato para incorporar la diferencia de costes regulados, pudiendo optar entre:
Adaptar el precio del contrato a los nuevos periodos de energía y potencia.
Mantener los tramos de precios que el consumidor tuviera acordado previamente en su contrato (precio fijo todo el día, precios diferentes entre semana/fin de semana, etc), trasladando al precio la diferencia de costes que resultaría para su perfil de consumo.
El cualquier caso, el comercializador deberá comunicar estos cambios al consumidor con la suficiente antelación.

Figura 4. Ejemplo de factura de consumidor doméstico medio (fuente: CNMC).